martes, 31 de mayo de 2011

Instrucciones para el curso 2011-2012

El viernes 8 de abril de 2011 se publica en el Boc las Instrucciones para la solicitud y procedimiento de autorización de las medidas de atención a la diversidad.


En ella se señala que la respuesta educativa al alumnado con neae debe partir del principio de la INCLUSIÓN (estoy preparando un post sobre ello, a ver si se comprende de una vez el concepto).

Las medidas que pueden solitar un centro educativo (CEIP e IES) son:

a. Apoyo idiomático

b. Programas de diversificación curricular

c. Programas para la mejora de la convivencia


Los programas de refuerzo no hacen falta solicitar autorización pero el horario dedicado a tal fin debe estar recogido en el horario del profesorado. En el caso de centros que impartan 3º ciclo de Primaria, serán llevados a cabo en sustitución de la segunda lengua extranjera.

En la etapa de la ESO, los programas deberán abordarlos desde una perspectiva instrumental que apoye el aprendizaje del conjunto de materias.


a. Apoyo idiomático: podrá desarrolarse si se acredita la presencia de un mínimo de 5 alumnos con:

- escaso o nulo dominio del idioma español oral o escrita
- iniciar la escolarización a partir del 1 de enero de 2010
Estos grupos pueden formarse con alumnso de distintos niveles educativos.

(ver cuadro de horas/alumnos en documento)


b. Programas de diversificación curricular: este programa posee una duración de 2 años y podrá cursarlo alumnos que precisen de una organización de contenidos diferente mediante una metodología adaptada a sus características, a sus ritmos de aprendizaje y a sus necesidades, siempre que:

- pueda cursar 3º de la ESO y haya repetido una vez en la Primaria o en la ESO

- haber cursado 2º, no estar en condiciones de cursar 3º y haber repetido ya una vez en la etapa

- incorporarse tardíamente al sistema eductaivo y ser escolarizado en 3º o 4º de la ESO atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad o historial académico

El ratio mínimo para constituir un programa de este tipo es de 15 alumnos pudiendo solictar a la Viceconsejería una reducción de ratios atendiendo a su situación geográfica o características socioeconómicas del entorno.

Este programa conlleva establecer ACUERDOS con el alumno y la familia y en caos de incumplimiento , el equipo puede proponer la salida del alumno del programa e incorporarse a un grupo ordinario del nivel que le hubiese correspondido.


c. Programas para la mejora de la convivencia: pueden desarrollarse con alumnos escolarizados en distintos niveles y se considera un criterio de éxito la reincporporación del alumnado a un régimen normalizado de enseñanza. El mínimo de alumnos para desarrolarlo será de 12 alumnos pudiendo solicitar la reducción atendiendo a la situación geográfica o situación socioeconómicas del entorno.

Este programa implica la dotación de 15 horas lectivas que deberán ser distribuidas entre el profesorado responsable del programa. Este programa también conlleva la firma de ACUERDOS con el alumno y la familia.


Para ver fechas, modelos de entrega y demás información, ver documento.

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